Los cambios normativos que planea el gobierno prometen fortalecer la entidad jurídica de las comunidades de vecinos que estén interesadas en solicitar financiación para realizar obras y rehabilitación, especialmente las encaminadas a mejorar la eficiencia energética de los edificios.
En la actualidad las entidades de crédito pueden conceder la financiación a las Comunidades, aunque los bancos son reticentes a su concesión ya que en caso de impagos deben actuar frente a cada propietario.
Este especie de limbo legal en el que se encuentran las comunidades de no disponer de personalidad jurídica propia provoca y dificulta la concesión de estos fondos. Al que se suma el inconveniente el acuerdo colectivo que debe alcanzar previamente la comunidad, especialmente notable en España debido a el predominio de vivienda en pisos frente a la unifamiliar.
Ayudas y fondos más cuantiosos para comunidades
Los fondos que se destinarán al Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales contarán con 3.420 millones de euros. De ellos el 60% ya están comprometidos para intervención de edificios: mejoras de fachadas y cubiertas, instalación de calderas o de paneles fotovoltaicos.
Las actuaciones integrales serán las que reciban mayor porcentaje de deducción fiscal y las ayudas directas más cuantiosas.
De esta manera el Gobierno ha diseñado un plan que establece un 60% por obras de rehabilitación para edificios enteros, condicionadas a una reducción del consumo de energía no renovable del 30% o a la mejora de la calificación energética del bloque (A o B). Subvenciones entre el 40% y el 100% para la mejora de fachadas y cubiertas o instalación de paneles fotovoltaicos, así como un 20 y 30% en ayudas en el caso de viviendas individuales en función de la mejora de la eficiencia energética.
